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Nuevas Reformas al Código Civil y la Ley de Vivienda en la Ciudad de México: Lo Que Debes Saber.

Nuevas Reformas al Código Civil y la Ley de Vivienda en la Ciudad de México: Lo Que Debes Saber.
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En la Ciudad de México, recientes reformas han modificado varios artículos del Código Civil para el Distrito Federal y la Ley de Vivienda para la Ciudad de México. Estas modificaciones se centran en aspectos clave relacionados con el arrendamiento de inmuebles y la regulación de las viviendas.

El Decreto incluye una reforma al segundo párrafo del artículo 2448 D del Código Civil, estableciendo que el incremento de la renta no podrá ser mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior. Esto busca que los aumentos en las rentas se mantengan en un rango razonable y previsible para los inquilinos.

Además, se adiciona un tercer y cuarto párrafo al artículo 2448 F, introduciendo la obligación de que los arrendadores registren digitalmente sus contratos de arrendamiento en un sistema gestionado por el Gobierno de la Ciudad de México. Este registro debe realizarse en un plazo no mayor a 30 días a partir de la firma del contrato. La finalidad de este registro es garantizar la transparencia y formalidad en los acuerdos de arrendamiento.

El decreto también menciona que la información contenida en este registro estará protegida bajo la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México. Esto asegura que los datos personales y contractuales sean manejados con confidencialidad y solo se podrán divulgar bajo resolución judicial.

En el contexto de la Ley de Vivienda, se han realizado modificaciones en varios artículos que incluyen nuevas fracciones, enfatizando la importancia de la producción pública de vivienda y la protección de los derechos de los arrendatarios y arrendadores.

Estos cambios normativos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Los contratos de arrendamiento vigentes en el momento de la entrada en vigor del decreto deberán ser registrados en un plazo no mayor a 90 días, conforme a los nuevos lineamientos establecidos.

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