En la Ciudad de México, cuando una persona fallece y deja bienes, estos pasan a formar parte de su patrimonio. De acuerdo con el Código Civil, en caso de que el autor de la herencia y sus herederos o legatarios mueran en el mismo desastre o en el mismo día sin que se pueda determinar quién murió primero, se presenta lo que se conoce como conmoriencia y se establecen ciertas consecuencias legales.
De acuerdo con el artículo 1287 del Código Civil para la Ciudad de México, si no es posible determinar quién murió primero, se presume que todos murieron al mismo tiempo. Esto significa que no habrá lugar a la transmisión de la herencia o legado entre ellos, lo que puede generar incertidumbre sobre la suerte de los bienes.
En este caso, los bienes del fallecido pasan a integrar su patrimonio y se debe proceder a su sucesión intestada, es decir, la herencia será distribuida según las reglas que establece la ley para los casos en que no hay testamento o este es inválido.
Es importante destacar que en la sucesión intestada se deben respetar ciertos derechos de los familiares del fallecido, como los hijos, cónyuge o concubina, padres, hermanos y otros parientes en línea recta y colateral. La distribución de los bienes se realiza de acuerdo con el parentesco y la prelación establecida en el Código Civil.
En este contexto, es fundamental contar con un testamento que exprese claramente la voluntad del autor de la herencia, especialmente en casos en que existen disputas entre familiares y se hace necesario determinar la distribución de los bienes. De esta forma, se pueden evitar posibles conflictos y litigios que pueden prolongarse por años y generar costos innecesarios.
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